Servicio de Peritaje – Peritaje Judicial en Canarias

El servicio de peritaje y peritaje judicial en Canarias

Peritaje judicial en Canarias. Antes de contratar nuestro servicio de peritos en Canarias, seguramente te interese conocer qué es un perito judicial, a qué se dedica este profesional y por qué podrías estar interesado en sus servicios. Este término, explicado de manera coloquial, se refiere a personas altamente instruidas en algún tipo de ciencia, arte o técnica. Pero en términos legales, un perito judicial en Canarias es una persona, física o jurídica, que es llamada para emitir un dictamen sobre un hecho ocurrido y que el juez lo pueda valorar de la manera correcta.

También es importante distinguir entre los peritos y los peritos judiciales. Los primeros no están habilitados para intervenir en procesos judiciales mientras que los segundos, además de los conocimientos objeto de pericia, éstos deben acreditar saber la parte del ámbito legal que regula el ejercicio del peritaje frente a los tribunales.

Peritos judiciales de parte y tribunales

La distinción entre peritos judiciales la establece la propia persona que la designe.

  • Peritos designados por la parte: son los que contrata un particular, entidad o empresa que necesite un informe redactado de manera neutral, objetiva, basada en la ciencia y que sea una prueba para su parte.
  • Peritos designados por el Tribunal: en este otro caso, se refiere a los que pide el juez para obtener información también neutral, objetiva, basada en la ciencia y en la que el propio Tribunal puede estimar o no como prueba para dictaminar una sentencia.

Peritos judiciales titulados en Canarias

Al contratar nuestros servicios, te interesará saber que somos peritos judiciales titulados en Canarias. Es decir, estamos debidamente colegiados y tenemos un seguro de responsabilidad civil, para tranquilidad de nuestros clientes.

Y es que, al contratar estos servicios, se pueden distinguir peritos por su titulación. En este punto, el perito titulado es el profesional que tiene la licenciatura o graduado universitario y que está relacionado con el objeto de pericia. Mientras que en el caso de los peritos no titulados, carecen de razón de ciencia relacionada con el objeto pericial.

Lo curioso, es que existen estas dos clases de peritos dentro nuestro sistema de prueba pericial, que a su vez designa de manera libre el perito de parte. Mientras que en el caso del perito designado judicialmente, lo nombran los jueces a instancia de parte a través de un sistema legalmente previsto.

Si necesitas de los servicios de peritaje judicial en Canarias, podemos ayudarte.

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El informe pericial en el juicio

Causas que pueden hacer que el juez estime una pericia

Para que los Tribunales estimen una pericia tomarán en cuenta los siguientes extremos:

  • Que haya sido realizada por un perito judicial
  • Que el perito judicial posea razón de ciencia
  • Que el dictamen sea imparcial
  • Que el dictamen sea fácil de comprender
  • Que las conclusiones sean claras
  • Que el dictamen esté visado por el Colegio de Peritos Judiciales

Honorarios de los peritos judiciales

No existe una tarifa regulada en el peritaje judicial. El coste del servicio de peritaje o elaboración de un informe pericial dependerá fundamentalmente de la complejidad del objeto de pericial y del tiempo previsto para su realización.

Igualmente, se deben contabilizar los posibles gastos necesarios que supone una investigación pericial, pagos a los servicios de correos o mensajería o compra de material específico

La minuta de honorarios se ajustará a la previsión del coste económico, aprobada conforme a lo dispuesto en el apartado anterior. Para su devengo, el perito judicial aportará los documentos que acrediten los gastos producidos.

Honorarios de peritos designados por un Tribunal

Respecto a los honorarios de los peritos designados por un Tribunal para la realización de un peritaje judicial, pueden éstos directamente solicitar que se les habilite de fondos, dentro de los tres días siguientes a la aceptación del cargo y antes de proceder a la aceptación de la pericia.

El Tribunal señalará la previsión de fondos y reclamará su abono en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones a la parte que hubiere propuesto la prueba pericial.

La falta de consignación de la provisión de fondos reclamada provoca dos consecuencias:

  • El perito queda exento de la obligación de emitir el dictamen.
  • Imposibilidad de la parte para designar un nuevo perito.

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